Si alquilas un piso en Murcia, Cartagena, Lorca o cualquier otro municipio de la Región, la fianza del alquiler no hay que depositarla en ningún organismo. La Comunidad Autónoma suprimió esa obligación en mayo de 2021 y desde entonces el casero la conserva y la devuelve al final del contrato. Te explicamos cuánto es la fianza, qué otras garantías te pueden pedir, cuándo te la tienen que devolver y qué hacer si no lo hacen.
¿Hay que depositar la fianza del alquiler en Murcia?
No. Desde el 11 de mayo de 2021, la fianza que entrega el inquilino no se ingresa en la Caja de Depósitos de la Comunidad Autónoma ni en ningún otro organismo regional. La Dirección General de Vivienda lo explica así: el propietario solo debe conservarla, en efectivo o en su cuenta, para devolverla cuando termine el contrato.
El cambio llegó con el Decreto-ley 1/2021, de 6 de mayo, que modificó la Ley 6/2015 de Vivienda de la Región de Murcia. Se publicó en el BORM el 10 de mayo de 2021 y se aplica a los contratos que empezaron después de esa fecha.
¿Y si el casero la depositó después de mayo de 2021?
Si alguien ingresó una fianza en la Caja de Depósitos regional después del 11 de mayo de 2021, lo hizo sin estar obligado. Puede pedir que se la devuelvan con el procedimiento 2774 de la sede electrónica de la CARM, «Gestión de Tesorería y Caja de Depósito». Esas devoluciones las tramita la propia Caja de Depósitos, no la Dirección General de Vivienda.
¿Y los contratos anteriores a mayo de 2021?
Las fianzas que se depositaron por contratos firmados antes siguen en la Caja de Depósitos hasta que el contrato termine. Entonces el casero pide su devolución con el procedimiento 1674 de la sede electrónica. Lo resuelve la Dirección General de Vivienda y lo paga la Caja de Depósitos.
Para el inquilino no cambia nada: quien le devuelve la fianza es siempre el casero, que es quien la recibió. Que el dinero esté depositado en la CARM no retrasa tu derecho a cobrarla en el plazo de un mes desde que entregas las llaves.
¿Cuánto es la fianza de un alquiler?
La fianza la fija el artículo 36 de la Ley de Arrendamientos Urbanos y es igual en toda España. Se paga en metálico al firmar el contrato y su importe depende del tipo de alquiler.
| Tipo de contrato | Fianza legal | Garantía adicional máxima |
|---|---|---|
| Vivienda habitual, hasta 5 años (7 si el casero es una empresa) | 1 mensualidad | 2 mensualidades |
| Vivienda habitual, más de 5 años (7 si es una empresa) | 1 mensualidad | Lo que se pacte |
| Alquiler de temporada (estudiantes, trabajo, unos meses) | 2 mensualidades | 1 mensualidad (novedad del Real Decreto-ley 29/2026) |
| Local, oficina o garaje independiente | 2 mensualidades | Lo que se pacte |
- Fianza legal en un alquiler de vivienda habitual
- 1 mes
- Garantía adicional máxima en contratos de hasta 5 o 7 años
- 2 meses
- Plazo para devolver la fianza desde la entrega de llaves
- 1 mes
- Fecha desde la que en la Región de Murcia no se deposita
- 11/05/2021
Durante los cinco primeros años del contrato (siete si el casero es una persona jurídica) la fianza no se actualiza, aunque suba la renta. Cuando el contrato se prorroga pasado ese tiempo, el casero puede pedir que se iguale a la renta vigente, y el inquilino que baje si la renta ha bajado.
Fianza y garantía adicional no son lo mismo
La fianza es obligatoria y siempre es dinero. La garantía adicional es voluntaria: se pacta en el contrato y puede ser un depósito en efectivo, un aval bancario o un avalista personal. En los alquileres de vivienda de hasta cinco años (o siete con un casero empresa) su valor no puede pasar de dos mensualidades de renta. Ese límite está en la ley desde marzo de 2019.
Si te piden más de una fianza y dos mensualidades de garantía en un contrato de vivienda habitual, te están pidiendo más de lo que permite la ley.
Ejemplos con alquileres de la Región de Murcia
Según la base de datos del Ministerio de Vivienda elaborada con las declaraciones de la renta, la renta mediana de un piso alquilado en el municipio de Murcia era de 525 € al mes en 2024. En Cartagena y Molina de Segura era de 500 € y en Lorca de 450 €.
| Renta mensual | Fianza | Garantía adicional máxima | Máximo a la firma, con la primera mensualidad |
|---|---|---|---|
| 450 € (Lorca) | 450 € | 900 € | 1.800 € |
| 500 € (Cartagena, Molina de Segura) | 500 € | 1.000 € | 2.000 € |
| 525 € (Murcia) | 525 € | 1.050 € | 2.100 € |
| 700 € | 700 € | 1.400 € | 2.800 € |
En un alquiler de temporada las cuentas cambian. Un piso de estudiantes de 600 € al mes junto al campus de Espinardo lleva una fianza de dos mensualidades: 1.200 €.
Lo que ha cambiado en octubre de 2026
El Real Decreto-ley 29/2026, de 6 de octubre, publicado en el BOE el día 7, reescribió parte del artículo 36. Está en vigor desde el 8 de octubre de 2026, pero a fecha de esta guía la Diputación Permanente del Congreso todavía tiene que convalidarlo o derogarlo. Mientras siga vigente, estas son las novedades:
- No te pueden exigir un seguro de impago ni otras coberturas parecidas como condición para alquilarte.
- En los alquileres temporales, la garantía adicional no puede pasar de una mensualidad.
- Al acabar el contrato, casero e inquilino deben firmar un documento de finalización con el estado de la vivienda. Si no se firma, o si no recoge ningún desperfecto, se presume que la vivienda se entregó en buen estado salvo que se demuestre lo contrario.
Lo demás de esta guía (la fianza de una mensualidad, el límite de dos mensualidades de garantía y el plazo de devolución) no depende de ese decreto. El contexto completo está en el artículo sobre los nuevos decretos de vivienda.
¿Cuándo te tienen que devolver la fianza?
El casero tiene un mes desde que le entregas las llaves. Si pasado ese mes no te la ha devuelto, el saldo que te debe genera el interés legal del dinero, que fija cada año la Ley de Presupuestos.
Puede descontar de la fianza lo que le debas por el contrato: rentas o recibos pendientes que te correspondía pagar y los daños que hayas causado en la vivienda. Lo que no puede descontar es el desgaste normal por el uso: paredes con marcas de cuadros, un grifo que pierde por los años o un electrodoméstico que se estropea por antigüedad.
- Avisa con tiempoComunica por escrito la fecha en que dejas el piso, con el preaviso que marque tu contrato.
- Revisa la vivienda con el caseroRecorred juntos el piso antes de entregar las llaves y anotad cualquier desperfecto.
- Firma el estado de entregaDeja constancia por escrito del estado de la vivienda, con fotos fechadas. Es el documento de finalización.
- Entrega las llaves con justificantePide un recibí con la fecha: desde ese día cuenta el mes para devolverte la fianza.
- Comprueba la devoluciónSi hay descuentos, pide por escrito el detalle y las facturas de cada reparación.
Qué hacer si no te devuelven la fianza
Si ha pasado más de un mes desde que entregaste las llaves y no tienes la fianza ni una explicación por escrito, sigue este orden:
- Escribe al casero por un medio que deje constancia, como un burofax o un correo con acuse de recibo. Indica el importe, la fecha de entrega de llaves y tu número de cuenta.
- Propón negociar. Desde el 3 de abril de 2025, la Ley Orgánica 1/2025 obliga a intentar un medio de solución de controversias antes de presentar una demanda civil. Basta con invitar al casero a negociar de buena fe, dejando claro qué se discute: la devolución de la fianza y los descuentos.
- Pide orientación gratuita en la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) de tu ayuntamiento, sobre todo si el casero es una empresa o una inmobiliaria.
- Reclama en el juzgado si no hay acuerdo. Para cantidades de hasta 2.000 € se usa el juicio verbal y no hace falta abogado ni procurador, según la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Precio del alquiler en Murcia
Antes de firmar, compara la renta que te piden con lo que se paga en la zona. Lo tienes por barrios y municipios en la guía del precio del alquiler en Murcia. Si ya vives de alquiler, la guía sobre cuánto te pueden subir el alquiler explica cómo se actualiza la renta cada año, y la de zonas tensionadas por qué en la Región el precio de un contrato nuevo es libre. Si tienes 35 años o menos, mira también la ayuda al alquiler para jóvenes en Murcia, de hasta 300 € al mes.
Preguntas frecuentes
¿Es obligatorio depositar la fianza del alquiler en Murcia?
No. Desde el 11 de mayo de 2021 la Región de Murcia no exige depositar la fianza en ningún organismo. El casero la conserva y la devuelve al acabar el contrato.
¿Cuánto es la fianza de un piso de alquiler?
Una mensualidad de renta si es tu vivienda habitual y dos si es un alquiler de temporada o un local. Además se puede pactar una garantía adicional de hasta dos mensualidades en los contratos de vivienda de hasta cinco años, o siete si el casero es una empresa.
¿En cuánto tiempo me tienen que devolver la fianza?
En un mes desde que entregas las llaves. A partir de ahí, lo que te deban genera el interés legal del dinero.
¿Puede el casero quedarse con la fianza por pintar el piso?
Solo si los daños superan el desgaste normal por el uso. Las marcas de vivir en una casa no se descuentan; los desperfectos que hayas causado, sí, y conviene que el casero los justifique con facturas.
¿Me pueden pedir un seguro de impago para alquilarme?
Desde el 8 de octubre de 2026, el Real Decreto-ley 29/2026 prohíbe exigirlo mientras esté en vigor. El decreto está pendiente de convalidación en el Congreso.
Si buscas casa, puedes ver los pisos en alquiler en Murcia, en Cartagena, en Lorca y en Molina de Segura.
Fuentes
- Información sobre fianzas por arrendamientosDirección General de Vivienda, CARM, 2026
- Decreto-ley 1/2021, de 6 de mayo, de reactivación económica y social tras el impacto del COVID-19 en el área de vivienda e infraestructurasBORM, 10/05/2021
- Ley 29/1994, de Arrendamientos Urbanos, texto consolidado (artículo 36)BOE, 08/10/2026
- Real Decreto-ley 29/2026, de 6 de octubre (artículo 3)BOE, 07/10/2026
- Ley Orgánica 1/2025, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de JusticiaBOE, 03/01/2025
- Devolución de fianzas por arrendamiento en régimen de concierto (procedimiento 479)Sede electrónica de la CARM, 2026
