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Plusvalía municipal en Murcia, Cartagena y Lorca en 2026

En Murcia, Cartagena y Lorca la plusvalía es el 30 % del valor catastral del suelo por un coeficiente de 0,09 a 0,40. Tabla de 2026, ejemplos y herencias.

Vista de la ciudad de Lorca y el valle del Guadalentín desde el castillo, con la Torre Alfonsina a la izquierda
Lorca vista desde su castilloFoto: timeyres · CC BY-SA 2.0

La plusvalía municipal en Murcia se calcula multiplicando el valor catastral del suelo por un coeficiente según los años que has tenido la vivienda y aplicando un 30 %. Con un suelo de 30.000 € y diez años de propiedad, son 30.000 × 0,12 × 30 % = 1.080 €. Cartagena y Lorca usan el mismo tipo y los mismos coeficientes; cambian las bonificaciones en herencias y la forma de declararla.

Esta guía explica quién paga la plusvalía, los dos métodos de cálculo, la tabla de coeficientes vigente y la que llega el 1 de diciembre de 2026, y las diferencias entre los tres grandes municipios de la Región, con las ordenanzas fiscales vigentes (las de 2026 en Murcia y Cartagena, y la de 2022 en Lorca) y ejemplos con números.

Qué es la plusvalía municipal y cuándo se paga

Su nombre oficial es Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU). Lo regulan los artículos 104 a 110 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y la ordenanza fiscal de cada ayuntamiento. Grava la subida de valor del suelo urbano, no la de la construcción.

Se paga cuando se transmite la propiedad de una vivienda, un local o un solar urbano:

  • Compraventa.
  • Herencia (transmisión «por causa de muerte»).
  • Donación en vida.
  • Constitución o venta de derechos como el usufructo.

No se paga en algunos casos que fija la ley: las adjudicaciones de la vivienda entre cónyuges o a los hijos por una sentencia de divorcio, separación o nulidad, las aportaciones a la sociedad de gananciales y las transmisiones de suelo rústico. Tampoco cuando se demuestra que no ha habido ganancia, como se explica más abajo. La dación en pago de la vivienda habitual al banco para cancelar la hipoteca está exenta si se cumplen los requisitos del artículo 105 de la ley.

Tipo de la plusvalía en Murcia, Cartagena y Lorca (el máximo legal)
30 %
Coeficientes máximos vigentes según los años de propiedad
0,09–0,40
Plazo para declararla tras una venta o donación
30 días hábiles
Bonificación por heredar la vivienda habitual en Murcia y Cartagena
95 %

Quién paga la plusvalía en una venta y en una herencia

En una compraventa paga el vendedor, porque es quien obtiene la ganancia. Solo cuando el vendedor es una persona física no residente en España el ayuntamiento exige el impuesto al comprador, como sustituto.

En una herencia o donación paga quien recibe la vivienda: el heredero o la persona a la que se dona. En una herencia, además, se paga el impuesto de sucesiones; cuánto supone según el parentesco lo explicamos en la guía del impuesto de sucesiones en Murcia.

Comprador y vendedor pueden pactar en el contrato que pague el comprador, pero ese pacto no cambia a quién se dirige el ayuntamiento. La ordenanza de Murcia lo dice de forma expresa: la liquidación se emite al sujeto pasivo, sea cual sea lo acordado entre las partes. En la guía de gastos de comprar una vivienda en Murcia tienes lo que paga el comprador.

Cómo se calcula la plusvalía en Murcia

La ley ofrece dos métodos y se paga por el que dé la cuota más baja. El primero lo aplica el ayuntamiento de oficio; el segundo lo tienes que pedir tú al presentar la declaración, con las escrituras.

Método objetivo: valor del suelo por un coeficiente

  1. Toma el valor catastral del suelo de la vivienda. Aparece en el recibo del IBI y en la Sede Electrónica del Catastro. Es solo la parte del suelo, no el valor catastral total.
  2. Multiplícalo por el coeficiente de los años completos que has tenido la vivienda (como máximo, 20). El resultado es la base imponible.
  3. Aplica el tipo del 30 %. Lo que sale es la cuota.

Murcia, Cartagena y Lorca usan los coeficientes máximos que marca la ley en cada momento. Si una ley los cambia, la tabla municipal se adapta sola. Si en alguna web ves un tipo del 26 % para Murcia, no es el de la ordenanza de 2026, que fija el 30 % en su artículo 9.

Método real: la ganancia de verdad

Restas el precio de compra al de venta (según las escrituras, sin contar gastos ni impuestos) y te quedas con la parte que corresponde al suelo. Esa parte se calcula con la misma proporción que tiene el suelo en el valor catastral total. Si el suelo supone el 40 % del valor catastral, el 40 % de la ganancia es la base.

Coeficientes de la plusvalía en 2026

La primera columna recoge los coeficientes máximos vigentes del artículo 107.4 de la ley. Son los del Real Decreto-ley 8/2023, que siguen aplicándose porque el Congreso derogó las actualizaciones posteriores (los Reales Decretos-ley 9/2024, 16/2025 y 26/2026). La segunda es la tabla del Real Decreto-ley 29/2026, que se aplica a las transmisiones desde el 1 de diciembre de 2026 salvo que el Congreso lo derogue.

Años de propiedadHasta el 30/11/2026Desde el 1/12/2026
Menos de 10,150,17
10,150,16
20,140,16
30,140,17
40,160,17
50,180,19
60,190,21
70,200,23
80,190,24
90,150,25
100,120,22
110,100,18
120,090,14
130,090,12
140,090,11
150,090,11
160,100,11
170,130,11
180,170,13
190,230,20
20 o más0,400,30

Qué cambia el 1 de diciembre de 2026

El Real Decreto-ley 29/2026, de 6 de octubre, publicado en el BOE el 7 de octubre, está en vigor, pero la Diputación Permanente del Congreso tiene que convalidarlo o derogarlo. A 5 de noviembre de 2026 no lo ha votado. Si sigue en vigor, la plusvalía subirá para quien venda una vivienda que ha tenido menos de 17 años y bajará para quien la haya tenido 17 años o más. Lo que cuenta es la fecha de la escritura o del fallecimiento. Te lo contamos en el artículo sobre los nuevos decretos de vivienda.

Coeficientes máximos de la plusvalía según los años de propiedad
Coeficientes máximos de la plusvalía según los años de propiedad
DatoHasta el 30/11/2026Desde el 1/12/2026
00,150,17
20,140,16
40,160,17
60,190,21
80,190,24
100,120,22
120,090,14
140,090,11
160,10,11
180,170,13
200,40,3

Fuente: BOE: artículo 107.4 de la Ley de Haciendas Locales (redacciones de 02/10/2026 y 07/10/2026)

Cuánto se paga según los años, con un suelo de 30.000 €

Para ver el efecto, esta tabla calcula la cuota del método objetivo de una vivienda con un valor catastral del suelo de 30.000 €, sin bonificaciones.

Años de propiedadCuota con la tabla vigenteCuota desde el 1/12/2026
21.260 €1.440 €
51.620 €1.710 €
81.710 €2.160 €
101.080 €1.980 €
12810 €1.260 €
15810 €990 €
171.170 €990 €
20 o más3.600 €2.700 €

Ejemplos con números

Escalera principal del Palacio Consistorial de Cartagena con alfombra roja y el escudo de la ciudad
Escalera del Palacio Consistorial de CartagenaFoto: P4K1T0 · CC0

Plusvalía en Murcia, Cartagena y Lorca: diferencias

MurciaCartagenaLorca
Tipo30 %30 %30 %
CoeficientesMáximos legalesMáximos legalesMáximos legales
GestiónDeclaración; liquida el ayuntamientoAutoliquidaciónDeclaración; liquida el ayuntamiento
Herencia de la vivienda habitual95 %95 % (familiares de primer grado)95 %, 75 %, 50 % o 15 % según el valor del suelo
Herencia de locales de la actividad del fallecido95 %10 % (familiares de primer grado, como el resto de herencias)95 %, 75 %, 50 % o 15 % según el valor del suelo
Otras herenciasSin bonificación10 % (familiares de primer grado)Sin bonificación

Murcia

La Agencia Municipal Tributaria liquida el impuesto a partir de tu declaración y te notifica el importe con el plazo para pagarlo. La bonificación del 95 % se aplica cuando heredan los descendientes, el cónyuge o los ascendientes y la vivienda era la habitual del fallecido, entendida como aquella en la que estuvo empadronado al menos los dos últimos años. También cubre los locales donde ejercía su actividad económica. Hay que estar al corriente de pago con el ayuntamiento.

El Pleno aprobó de forma provisional el 25 de junio de 2026 ampliar esa bonificación desde el 1 de enero de 2027: se considerará habitual la vivienda que el fallecido tuvo que dejar por una enfermedad acreditada antes de cumplir los dos años, y se incluirán hasta dos plazas de garaje y el trastero del mismo edificio. Si te afecta una herencia de 2027, confirma en la Agencia Municipal Tributaria que el cambio ya es definitivo.

La ordenanza de Murcia recoge además en su artículo 7.3 una reducción del 40 % del valor del suelo. La ley solo permite esa reducción durante los cinco primeros años de unos valores catastrales nuevos, así que pregunta en la Agencia Municipal Tributaria si se aplica a tu caso.

Cartagena

Cartagena funciona por autoliquidación: calculas y pagas tú (o tu gestoría) en el impreso municipal. En herencias de la vivienda habitual, la bonificación del 95 % es para el cónyuge, los padres y los hijos (primer grado), siempre que el fallecido estuviera empadronado en ella al menos los dos años anteriores. Se mantiene si se había trasladado a una residencia de mayores o a casa de quien le cuidaba por dependencia. Las demás herencias entre esos familiares tienen un 10 %.

Lorca

Lorca bonifica la herencia de la vivienda habitual y de los locales afectos a la actividad económica del fallecido a descendientes, ascendientes, cónyuge o pareja de hecho inscrita según el valor catastral del suelo (artículo 11.1 de su ordenanza, en vigor desde el 6 de mayo de 2022):

  • 95 % hasta 20.000 €.
  • 75 % de 20.000 € a 31.000 €.
  • 50 % de 31.000 € a 56.000 €.
  • 15 % por encima de 56.000 €.

Exige más que Murcia y Cartagena: quien hereda tiene que haber convivido con el fallecido los dos años anteriores y conservar la vivienda, empadronado en ella, durante cinco años. Si no, debe devolver la bonificación con intereses.

Plazos y cómo se declara la plusvalía

  1. Firma o fallecimientoEl plazo cuenta desde la escritura de compraventa o donación, o desde la fecha del fallecimiento en una herencia.
  2. Reúne los documentosEscritura actual y la anterior (la de compra), referencia catastral o recibo del IBI y, en herencias, la declaración del Impuesto de Sucesiones, el certificado de defunción y el testamento o la declaración de herederos.
  3. Presenta en plazo30 días hábiles en ventas y donaciones; 6 meses en herencias, prorrogables hasta un año si lo pides antes de que acaben.
  4. Pide lo que te correspondaEl método real o la no sujeción por pérdidas, y las bonificaciones, se solicitan en la misma declaración y dentro del plazo.
  5. PagaEn Cartagena pagas al autoliquidar; en Murcia y Lorca, cuando llega la liquidación del ayuntamiento.

Presentar fuera de plazo tiene recargos según la Ley General Tributaria, y no presentar la declaración es una infracción tributaria. Si en una herencia pides la prórroga, en Murcia y Lorca se entiende concedida con la sola solicitud presentada a tiempo.

Qué hacer antes de vender o heredar

Antes de fijar el precio de venta, calcula la plusvalía con el valor del suelo de tu recibo del IBI y las dos columnas de coeficientes, y compárala con la ganancia real. Si vas a firmar en noviembre o diciembre de 2026, mira en la tabla si te conviene hacerlo antes o después del 1 de diciembre: con menos de 17 años de propiedad, la cuota sube con la tabla nueva.

La plusvalía no es el único impuesto de la venta: también tributas en el IRPF por la ganancia, como se explica en la guía de impuestos y gastos al vender una vivienda en Murcia. Para saber cuánto vale tu casa puedes usar la valoración de vivienda y consultar el precio de Murcia, Cartagena o Lorca.

Preguntas frecuentes

¿Quién paga la plusvalía municipal en una compraventa en Murcia?

El vendedor. Solo si es una persona física no residente en España el ayuntamiento la exige al comprador como sustituto. Un pacto en el contrato para que pague el comprador no cambia a quién reclama el ayuntamiento.

¿Cuál es el tipo de la plusvalía en Murcia?

El 30 %, el máximo que permite la ley. Lo fija el artículo 9 de la ordenanza fiscal de 2026. Cartagena y Lorca aplican el mismo tipo.

¿Cambian los coeficientes el 1 de diciembre de 2026?

Sí, salvo que el Congreso derogue el Real Decreto-ley 29/2026, que a 5 de noviembre de 2026 no se ha votado. Con la tabla nueva sube la plusvalía de quien ha tenido la vivienda menos de 17 años y baja la de quien la ha tenido 17 años o más.

¿Se paga plusvalía si vendo por menos de lo que compré?

No, si el valor de venta del suelo no supera al de compra. Debes presentar la declaración en plazo con las escrituras de compra y venta para acreditarlo.

¿Cuánto se paga de plusvalía al heredar la casa de mis padres en Murcia?

Se calcula con el valor catastral del suelo, el coeficiente de los años y el tipo del 30 %. Si era la vivienda habitual de tu padre o tu madre (empadronado al menos los dos últimos años), Murcia bonifica el 95 % de la cuota.

¿Cuánto tiempo tengo para pagar la plusvalía de una herencia?

Seis meses desde el fallecimiento, prorrogables hasta un año si lo pides antes de que acabe el plazo. Es el mismo plazo en Murcia, Cartagena y Lorca.

Si estás pensando en vender, puedes ver qué se ofrece en tu zona en viviendas en venta en Lorca, en Murcia o en Cartagena. Para fijar el precio, consulta el precio de la vivienda por municipio; y si vas a comprar otra casa con lo que obtengas, repasa los gastos de comprar una vivienda en Murcia, el ITP y sus tipos reducidos y el IBI que pagarás cada año.

Fuentes

  1. Texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, artículos 104 a 110 (texto consolidado)BOE, consultado el 05/11/2026
  2. Real Decreto-ley 29/2026, de 6 de octubre (artículo 10, coeficientes de la plusvalía)BOE, consultado el 05/11/2026
  3. Ordenanza fiscal 3.5 del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza UrbanaAyuntamiento de Murcia, Agencia Municipal Tributaria, 2026
  4. Edicto de aprobación provisional de la modificación de la Ordenanza fiscal 3.5Ayuntamiento de Murcia, 26/06/2026
  5. Ordenanzas fiscales de impuestos y tasas del Ayuntamiento de Cartagena para 2026Ayuntamiento de Cartagena, 27/01/2026
  6. Ordenanza n.º 6 reguladora del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza UrbanaAyuntamiento de Lorca, 2022

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